La reciente jornada celebrada en Calatayud, en el marco de la III Semana de la Pyme: “Salvando empleos, transformando empresas”, ha puesto sobre la mesa una vía poco conocida pero con recorrido: la creación de cooperativas como fórmula para iniciar una actividad económica o para dar continuidad a negocios viables que no cuentan con relevo generacional. A partir de esto, conviene aterrizar qué implica realmente constituir una cooperativa en Aragón y cuáles son sus principales características.
¿Qué es una cooperativa?
Una cooperativa es una sociedad formada por personas que se asocian voluntariamente para desarrollar una actividad económica común. Su rasgo diferencial es que pone a las personas en el centro: la gestión es democrática y los resultados se destinan prioritariamente a reforzar el proyecto colectivo.
Características clave en Aragón
En el ámbito aragonés, las cooperativas se rigen por normativa autonómica específica y presentan algunos elementos distintivos:
- Participación democrática: cada socio tiene un voto, independientemente del capital aportado.
- Finalidad compartida: el objetivo es generar actividad económica y empleo estable para sus socios.
- Distribución de resultados: los beneficios no se reparten en función del capital, sino de la participación en la actividad (trabajo, servicios prestados, etc.).
- Fondos obligatorios: parte de los resultados se destinan a reservas y a formación, reforzando la estabilidad y la profesionalización.
- Responsabilidad: normalmente limitada al capital aportado, aunque depende de los estatutos.
- Número mínimo de socios: con carácter general, al menos 3 socios (pueden ser personas físicas o jurídicas).
- Capital social mínimo: no existe una cifra única fijada por ley; se establece en los estatutos, si bien debe estar suscrito en su totalidad y desembolsado al menos en el porcentaje inicial que se determine. En la práctica, suele adaptarse a las necesidades reales del proyecto.
- Régimen de Seguridad Social: los socios trabajadores pueden encuadrarse en Régimen General o RETA, según lo que establezcan los estatutos.
- Baja voluntaria y transmisión: la entrada y salida de socios está regulada estatutariamente, con mecanismos que facilitan la continuidad del proyecto sin depender de terceros inversores.
¿En qué casos puede ser útil?
- Emprendimiento colectivo: varias personas que quieren iniciar una actividad compartiendo riesgos y decisiones.
- Continuidad de negocios: empresas viables sin relevo generacional que pueden ser asumidas por su plantilla.
- Reestructuración empresarial: situaciones de crisis donde la transformación en cooperativa permite mantener la actividad y el empleo.
Apoyos e incentivos
Uno de los aspectos destacados en la jornada fue el conjunto de herramientas que facilitan la puesta en marcha:
- Capitalización del desempleo: posibilidad de utilizar la prestación para incorporarse como socio trabajador.
- Ayudas a la incorporación de socios: subvenciones para facilitar la entrada de nuevos miembros.
- Subvenciones a la inversión: apoyo a la adquisición de activos necesarios para iniciar o consolidar la actividad.
- Programas de asesoramiento: entidades especializadas acompañan en el proceso de creación y viabilidad.
En otras comunidades con mayor tradición cooperativa, como País Vasco o Navarra, estos apoyos se complementan con instrumentos financieros específicos, lo que muestra el potencial de este modelo cuando cuenta con un ecosistema consolidado.
Ventajas a considerar
- Implicación directa de las personas trabajadoras en la gestión.
- Mayor estabilidad del empleo en proyectos viables.
- Capacidad de adaptación en entornos de cambio.
- Alineación entre objetivos empresariales y laborales.
Cuestiones a valorar antes de constituirla
- Viabilidad económica real del proyecto.
- Nivel de compromiso y cohesión del grupo promotor.
- Necesidad de formación en gestión empresarial.
- Definición clara de roles y funcionamiento interno.
Más información:
- Información de INAEM sobre funcionamiento de cooperativas
- Incorporación de personas socias trabajadoras
- Subvención directa por inversión
- Subvención para la prestación de asistencia técnica
Contacto
Si quieres informarte sobre cómo crear una empresa o valorar la opción de constituir una cooperativa, puedes dirigirte a:
info@calatayudemprende.es


